Elección de Alcaldes y Redidores Zonales-Distrito Los Olivos

JUNTAS DE DELEGADOS VECINALES ZONALES

PROYECTO DE REGLAMENTO

Autor de la propuesta: Perusva.

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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LOSOLIVOS

REGLAMENTO DE LAS JUNTAS VECINALES ZONALES

DEL DISTRITO DE LOS OLIVOS

TITULO I

ASPECTOS GENERALES

CAPITULO I

OBJETO, DEFINICION, CONSTITUCION Y AMBITO TERRITORIAL

ARTÍCULO 1º.- El presente reglamento tiene como objeto normar sobre la definición, constitución, ámbito territorial, finalidad, objetivos, organización, funciones y otros aspectos relacionados al funcionamiento de las Juntas Vecinales Zonales del Distrito de Los Olivos.

ARTICULO 2.– Las Juntas Vecinales Zonales del Distrito de Los Olivos son órganos de coordinación encargadas de promover, supervisar el desarrollo integral en el ámbito de su respectivo territorio vecinal, la prestación de los servicios públicos locales, cumplimiento de las normas municipales, ejecución de obras municipales y otras atribuciones y funciones que se establecen en el presente reglamento en mejora de la calidad de vida de la población. Están organizadas, principalmente, como Juntas Vecinales Zonales.

Asimismo, está integrada por organizaciones sociales de base, por los vecinos que representan a las organizaciones civiles de la jurisdicción que promueven el desarrollo local y participativo vecinal.

ARTICULO 3º.- Las Juntas Vecinales Zonales del Distrito de Los Olivos se constituyen de acuerdo a lo establecido en la Constitución Política del Perú y lo dispuesto en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 así como en otras leyes y normas especificas sobre la participación vecinal concertada con los Gobiernos Locales. Sus siglas son JVZ.

ARTICULO 4º.- Las Juntas Vecinales Zonales ejercen sus atribuciones dentro de la jurisdicción territorial vecinal que les corresponda, de acuerdo a la demarcación que establezca la Municipalidad Distrital de Los Olivos.

CAPITULO II

FINALIDAD Y OBJETIVOS

ARTICULO 5º.- Las Juntas Vecinales Zonales del Distrito de Los Olivos, tienen como finalidad promover la participación de los vecinos en la formulación, debate, concertación y vigilancia de los planes de desarrollo, en sus presupuestos, en la prestación de los servicios públicos locales y en otras acciones relacionadas con la gestión municipal prescindiendo de intereses políticos o económicos personales y/o privados, colocando por encima de ello el interés y beneficio de toda la comunidad.

ARTICULO 6º.- Las Juntas Vecinales Zonales del Distrito de Los Olivos tienen como objetivos:

a.- Promover el acceso de todos los vecinos a ser informados sobre el desarrollo de la gestión municipal.

b.- Fomentar la presentación de iniciativas para la elaboración y ejecución de planes, programas y proyectos para el desarrollo integral de su territorio vecinal y del Distrito en general.

c.- Coadyuvar a la ejecución de actividades que permitan una mejor calidad de vida de los vecinos.

d.- Contribuir a la capacitación en asuntos públicos y municipales de los vecinos así como para su desarrollo personal, técnico y profesional.

TITULO II

DE LA ORGANIZACIÓN VECINAL

CAPITULO I

TERRITORIO VECINAL:

Artículo 7º. – Las Juntas Vecinales Comunales se constituyen para fomentar la participación vecinal efectiva en el distrito de Los Olivos, están conformadas por vecinos y cuentan con reconocimiento municipal, Están agrupados en once (11) territorios vecinales zonales, delimitados geográficamente según Anexo I que forma parte de la presente Ordenanza.

CAPITULO II

FUNCIONES, DERECHOS Y DEBERES DEL ALCALDE Y REGIDORES VECINALES ZONALES.

Artículo 8º.- Son funciones de las Juntas Vecinales Zonales:

a.- Velar por el cumplimiento de las normas municipales.

b.- Supervisar la ejecución de obras municipales en el ámbito geográfico de su sector.

c.- Supervisar la prestación de servicios públicos locales en el territorio vecinal de su Junta Vecinal Zonal.

d.- Supervisar y colaborar con el cumplimiento del Plan de Desarrollo Municipal Distrital Concertado.

e.- Fomentar la organización de eventos deportivos, culturales y recreativos en su sector.

f.- Promover y ejecutar las acciones y proyectos dirigidos a lograr el desarrollo del territorio distrital y de la Junta Vecinal Zonal.

g.- Aprobar los Planes, Proyectos, Programas, y otras acciones de desarrollo comunal y proponerlos a la Municipalidad Distrital, ú otros organismos públicos y privados nacionales e internacionales.

h.- Promover la participación e integración vecinal en su sector.

i.- Velar por el cuidado del medio ambiente, conservación, ornato y uso adecuado de los espacios públicos (áreas verdes, parques y jardines) y por el respeto de los derechos ambientales de todo ciudadano.

j.- Vigilas los recursos públicos del distrito y fiscalizar la ejecución de los planes de desarrollo municipal.

k.- Sesionar cuando menos una vez al mes.

l.- Informar a los vecinos de su jurisdicción, de su gestión, cuando menos dos (02) veces al año (uno cada semestre).

m.- Otras que le encargue o solicite el Alcalde Distrital ó Concejo Municipal Distrital de acuerdo a ley.

Artículo 9º.- Son derechos del Alcalde y Regidores de las Juntas Vecinales Comunales:

a.- Asistir con voz y voto a las Asambleas y sesiones ordinarias y extraordinarias de su Junta Vecinal Zonal

b.- Elegir y ser elegidos para cargos directivos y/o integrar las comisiones que se conformen.

c.- Presentar proyectos o iniciativas para lograr el desarrollo del territorio de su Junta Vecinal Zonales y/o del Distrito.

d.- Asistir y tener derecho a voz en las sesiones de Concejo Municipal, según procedimientos que para tal efecto se establezca en el Reglamento Interno del Concejo Municipal.

e.- Supervisar la ejecución de las obras municipales que se realicen en el ámbito geográfico del territorio de su Junta Vecinal Zonal

f.- Supervisar la prestación de los servicios públicos locales en el ámbito geográfico del territorio de su Junta Vecinal Zonal.

G.- Otras que el Alcalde o Concejo Municipal le otorgue de acuerdo a ley.

Artículo 10º.- Son obligaciones del Alcalde y Regidores de las Junta Vecinales Zonales:

a.- Cumplir y hacer cumplir el presente estatuto.

b.- Desempeñar diligentemente las funciones del cargo para el que fueron elegidos y / o en las comisiones ó labores asignadas.

c.- Participar en el proceso de formulación, desarrollo y evaluación de los planes, programas, proyectos y otras acciones dirigidas al logro del desarrollo de la comunidad de su jurisdicción y del Distrito en general.

d.- Reunirse en sesiones ordinarias o extraordinarias de Junta vecinal Zonal.

e.- Convocar a Asamblea General de Vecinos para tratar temas de carácter vecinal y/o para tratar las denuncias, quejas o iniciativas de los vecinos, así como las propuestas de solución que correspondiere, a fin de que se adopten los acuerdos respectivos.

f..- Supervisar y colaborar con el cumplimiento del Plan de Desarrollo Distrital Concertado.

g.- Participar activamente en los procesos del Presupuesto Participativo, Rendición de Cuentas, Comité de Coordinación Local, y en todos los eventos relacionados con la Gestión Municipal, que convoque la Municipalidad. Distrital de Los Olivos.

h.- Velar por el cumplimiento de las normas municipales.

i.- Supervisar la ejecución de obras municipales en el ámbito geográfico de su sector.

j.- Supervisar la prestación de servicios públicos locales en el sector correspondiente.

k.- Velar, supervisar y colaborar con el cumplimiento del Plan de Seguridad Ciudadana.

l.- Fomentar la organización de eventos deportivos, culturales y recreativos en su sector.

ll.- Promover la participación e integración vecinal de su jurisdicción.

m.- Velar por el cuidado del medio ambiente, conservación, ornato y uso adecuado de los espacios públicos (áreas verdes, parques y jardines) y por el respeto de los derechos ambientales de todo ciudadano.

n.- Mantener un comportamiento decoroso y acorde con las buenas costumbres y valores morales ante los integrantes de su Consejo Vecinal y moradores en general, procurando en todo momento prestigiar la labor personal de sus integrantes así como la labor grupal del Consejo Directivo Vecinal.

ñ.- Otras que la Junta Vecinal Zonal, el Alcalde Distrital, o Concejo Municipal le encarguen.

NORMAS VECINALES ZONALES

Artículo 11º.- Las Juntas Vecinales Zonales pueden emitir sus normas internas en concordancia y con sujeción a las normas legales vigentes, las normas emitidas por la Municipalidad Distrital de Los Olivos y demás disposiciones legales relacionadas con la participación ciudadana.

CAPITULO III

ESTRUCTURA ORGANICA Y ÓRGANOS DE GOBIERNO

Artículo 12.- – Son órganos de Gobierno de las Juntas Vecinales Zonales:

La Asamblea General Vecinal Zonal.

El Consejo Directivo Vecinal Zonal.

Articulo 13.- LA ASAMBLEA GENERAL VECINAL

a.- La Asamblea General Vecinal es el órgano máximo de las Juntas Vecinales Zonales, participan en ella los delegados vecinales de las organizaciones civiles, organismos públicos, privados y vecinos que viven dentro de la jurisdicción del territorio vecinal zonal.

b.- La Asamblea General Vecinal Ordinaria, se realizará cuatro (04) veces al año, deberá ser convocada por el Alcalde de la Junta Vecinal Zonal, quien la presidirá o por no menos del veinte (20) porcinito de los Delegados Vecinales Zonales. Las Asambleas Generales Vecinales Ordinarias, se convocarán con una anticipación no menos de cinco (5) días antes del día de la Asamblea.

c.- La Asamblea General Vecinal Extraordinaria se realizará cuando lo convoque el Alcalde Vecinal Zonal o por no menos del veinte (20) porcinito de los Delegados Vecinales Zonales, puede también ser convocada por el treinta (30) porcinito de los vecinos empadronados de la Zona Vecinal.

d.- Del quórum par la realización de las asambleas: El quórum para la primera citación será la mitad más uno de los delegados y vecinos presentes que se encuentren empadronados en la Junta Vecinal Zonal. Constituye quórum en la segunda citación, los delegados y vecinos que se encuentran presentes, después de transcurridos 30 minutos desde la hora fijada para la primera citación.

e.- Los Acuerdos de Asamblea General se tomarán por mayoría simple de los asistentes empadronados.

f.- Todos los acuerdos y otros asuntos se registrarán en el Libro de Actas correspondiente. Los acuerdos obligan a los integrantes del Consejo Directivo, Delegados y Vecinos su cumplimiento.

Artículo 14º. EL CONSEJO DIRECTIVO VECINAL ZONAL.

El Consejo Directivo Vecinal Zonal, estará integrado por seis (06) vecinos, elegidos democráticamente por los vecinos de cada jurisdicción territorial vecinal zonal. Su periodo de gestión es de dos (02) años calendario. Por única vez y de manera excepcional el Concejo Directivo elegido en el presente año 2010 tendrá una vigencia desde su juramentación en el año 2010 hasta el 31 de Diciembre del 2011. A partir del año 2012 regirá por dos años calendario. El Concejo Directivo Vecinal está compuesto por ocho (08) cargos y son los siguientes:

Alcalde Vecinal;

Regidor de Servicios Sociales y Seguridad Ciudadana,

Regidor de Asuntos Comunales y Medio Ambiente,

Regidor de Desarrollo Urbano,

Regidor de Desarrollo Económico Local,

Regidor de Juventudes y Asuntos Culturales y Deportivos.

Secretario General de la Junta Vecinal Zonal.

El ejercicio del cargo directivo no es remunerado y no constituye función pública.

Artículo 15º. – Son funciones de los miembros del Consejo Directivo de las Juntas Vecinales Zonales:

a.- Del Alcalde Vecinal Zonal:

Es el personero y representante legal de la Junta Vecinal Zonal y desempeña las funciones de Planificación, Organización, Coordinación, Dirección, Supervisión, Concertación y Control de todas las acciones que realice la Junta Vecinal Zonal. Se encarga de:

Convocar y presidir la Asamblea General de su Junta Vecinal Zonal, conforme a lo dispuesto en la presente ordenanza.

Convocar y presidir las asambleas generales y sesiones del Consejo Directivo Vecinal Zonal.

Presentar el Plan de Trabajo de su gestión ante la Asamblea General Zonal y la Oficina de Participación Ciudadana Municipalidad.

Velar por el cumplimiento de las funciones que competen a su Junta Vecinal Zonal.

Informar a la Asamblea General, Consejo Directivo y a los vecinos de su sector, sobre las gestiones que realice a favor del vecindario, incluyendo los informes, pedidos, propuestas, Asimismo, acerca de todo documento suscrito en representación de la Junta Vecinal Zonal.

Suscribir las actas de sesiones y asambleas conjuntamente con su Secretario.

Asiste a las sesiones del Consejo Municipal Distrital.

Cumplir con los derechos y deberes que le corresponden según el presente Reglamento.

b.- Del Regidor de Servicios Sociales y Seguridad Ciudadana:

Desempeña las funciones de apoyo, planificación, coordinación y supervisión de los asuntos vecinales relacionados con la organización y funcionamiento de los programas sociales, vaso de leche, comedores populares, participación vecinal, educación, salud, defensa civil, seguridad ciudadana y todos los programas sociales que desarrolle la Municipalidad y la Junta Vecinal Zonal.

c.- Del Regidor de Asuntos Comunales y Medio Ambiente:

Desempeña las funciones de apoyo, planificación, coordinación y supervisión de los asuntos vecinales relacionados con la prestación de los servicios de limpieza pública, agua y alcantarillado, energía eléctrica, parques y jardines, servicios de telefonía, salud pública, comercialización y mercados de abastos y otras acciones afines que desarrolle la Municipalidad y la Junta Vecinal Zonal.

d.- Del Regidor de Desarrollo Urbano

Desempeña las funciones de apoyo, planificación, coordinación y supervisión de los asuntos vecinales relacionadas con Obras públicas, edificaciones privadas y públicas, transporte y tránsito, y otras acciones afines que desarrolle la Municipalidad y la Junta Vecinal Zonal.

e.- Del Regidor de Desarrollo Económico Local

Desempeña las funciones de apoyo, planificación, coordinación y supervisión de los asuntos vecinales relacionadas con la creación de las pequeñas y medianas empresas, ferias comerciales y artesanales, turismo, generación de empleo, y otras acciones concordantes con el desarrollo económico de la localidad, que desarrolle la Municipalidad y la Junta Vecinal Zonal.

f.- Del Regidor de Juventudes y Asuntos Culturales y Deportivos.

Desempeña las funciones de apoyo, planificación, coordinación y supervisión de los asuntos vecinales relacionados con las actividades culturales, recreativas, deportivas, participación de la juventud, y otras acciones afines que desarrolle la Municipalidad y la Junta Vecinal Zonal.

g.- Del Secretario General de la Junta Vecinal Zonal.

Desempeña las funciones de llevar el Libro de Actas, los registros económicos, la documentación en general y otras funciones que le encargue el Consejo Directivo de la Junta Vecinal Zonal.

REUNIONES Y ACUERDOS

Artículo 16º.- Las Sesiones del Consejo Directivo de la Junta Vecinal Zonal deberán convocarse ordinariamente una (1) vez al mes, y en forma extraordinaria cuando lo convoque el Alcalde de la Junta Vecinal Zonal ó cuando lo soliciten cuatro de sus integrantes, debiéndose tratar exclusivamente el tema motivo de la citación extraordinaria.

Artículo 17º. – El quórum:

El quórum para las sesiones del Consejo Directivo lo constituye el cincuenta (50) por ciento más uno de sus miembros. El quórum de la segunda citación será con el número de miembros asistentes.

Artículo 18º. – Los acuerdos:

Los acuerdos del Consejo Directivo Vecinal se aprobaran por mayoría simple. El Consejo Directivo de la Junta Vecinal Zonal remitirá a la Oficina de Participación Ciudadana los acuerdos respectivos de las Sesiones realizadas, adjuntando copia fedateada del Acta de cada sesión que figure en el Libro de Actas, dentro de los ocho días hábiles de haberse realizado las mismas. La junta Vecinal Zonal, llevará un Libro de Actas, para anotar todas sus reuniones y acuerdos que tomen. El libro de Actas debe estar debidamente legalizado por notario o juez de Paz del Distrito.

TITULO III

DEL REGIMEN ECONOMICO

CAPITULO I

BIENES PATRIMONIALES

Artículo 19º.-Los bienes, muebles e inmuebles que adquieran las Juntas Vecinales Zonales constituyen su patrimonio.

RENTAS Y PRESUPUESTO

Artículo 20º.- Son rentas de las Juntas Vecinales Zonales:

a.- Los recursos económicos que recauden de sus actividades que realicen.

b.- Las donaciones públicas o privadas.

c.- Las subvenciones para ejecutar obras. Pueden ser en dinero en efectivo o en materiales que provengan de la Municipalidad Distrital de Los Olivos, ú otro organismo público o privado

d.- Los recursos que provengan de convenios que suscriban.

TITULO IV

FISCALIZACION Y CONTROL

Artículo 21º.- La Oficina de Participación Ciudadana es la oficina encargada de coordinar, apoyar y supervisar el funcionamiento de las Juntas Vecinales Zonales.

Artículo 22º.- Cuando se ejecuten obras o convenios con la Municipalidad Distrital de Los Olivos ú otros organismos Públicos ó Privados, los miembros integrantes de los Consejos Directivos Vecinales, asumen responsabilidad por los recursos recibidos, pudiendo los organismos de auditoria correspondiente, intervenir en su fiscalización y determinar responsabilidad de ser el caso.

TITULO V

DE LAS ELECCIONES VECINALES

Artículo 23º.- Noventa días antes del término del mandato de los Consejos Directivos Vecinales, La Municipalidad Distrital de Los Olivos, convocará a Elecciones Generales en todas las Juntas Vecinales Zonales. La elección del Concejo Directivo de las Juntas Vecinales Zonales se realizará en un solo acto, en forma simultánea, y en todos los territorios de las Juntas Vecinales Zonales.

Artículo 24º.- El periodo para el que se elige el Concejo Directivo de las Juntas Vecinales Zonales es de dos (02) años.

Artículo 25º.- Los cargos a elegir en el Concejo Directivo de cada Junta Vecinal Zonal son los siguientes:

1. Un Alcalde Vecinal Zonal.

2. Un Regidor de Servidos Sociales y Seguridad Ciudadana.

3. Un Regidor de Asuntos Comunales y Medio Ambiente.

4. Un Regidor de Desarrollo Urbano.

5. Un Regidor de Desarrollo Económico Local.

6. Un Regidor de Juventudes, Asuntos Culturales y Deportivos.

7. Un Secretario General de la Junta Vecinal Zonal.

Artículo 26º.- Los candidatos a regidores de Juventudes y Asuntos Culturales y Deportivos deberán contar con una edad comprendida entre los 18 y 25 años de edad.

Artículo 27º.– Las elecciones se realizarán en el día y hora que la Municipalidad Distrital de Los Olivos establezca, debiendo para ello elaborar, aprobar y publicar el reglamento y cronograma electoral

Artículo 28º.– El Comité Electoral es responsable de los actos de sufragio, escrutinio, proclamación y demás actividades electorales que se desarrollen dentro del proceso electoral. Su labor es imparcial y transparente.

Artículo 29º.- El voto es secreto, personal y directo. Para emitirlo el vecino deberá identificarse con su DNI vigente.

Artículo 30º.- La Municipalidad Distrital de Los Olivos proporcionará al Comité Electoral el padrón de electores correspondiente a cada Junta Vecinal Zonal.

Artículo 31º.- Los postulantes a ocupar los cargos del Concejo Directivo Vecinal Zonal podrán postular conformando listas. Los electores solo podrán elegir una lista de su preferencia.

Artículo 32º.- En cada Junta Vecinal Zonal se elegirá un Comité Electoral.

Artículo 33º.- El Comité Electoral de la Junta Vecinal Zonal es autónomo y sus fallos son apelables, resolviendo el Alcalde de la Municipalidad Distrital de Los Olivos con apoyo dela ONPE, en última instancia.

Artículo 34º.- El Comité Electoral será elegido en Asamblea Pública de delegados y vesinos, convocada por la Municipalidad a través de la Oficina de Participación Ciudadana.

Artículo 35º.- Las Elecciones Vecinales se realizarán en el local que señale el Comité Electoral, dentro del Territorio Vecinal. El voto será emitido en cámara secreta, debiendo ser depositado por el elector personalmente en el ánfora respectiva.

Artículo 36º.- Para ser declarada la lista ganadora, esta deberá tener una mayoría simple de los votos sufragados validos. En caso de empate, se efectuará una elección complementaria el día domingo siguiente a la presente elección.

Artículo 37º.- El Comité Electoral, terminado el sufragio, procederá a proclamar a la lista que obtuvo la mayoría de votos válidos como Lista Ganadora.

Artículo 38º.- El Concejo Directivo de la Junta Vecinal Zonal electa será juramentado por el Alcalde de la Municipalidad Distrital de Los Olivos en ceremonia especial y acto público antes de cinco (5) días.

Artículo 39º.-El Comité Electoral atenderá reclamos sobre el proceso electoral, presentados por los personeros, los que deben ser formulados por escrito ante el Comité Electoral de acuerdo al Cronograma Electoral.

Artículo 40º.-Las apelaciones contra las Resoluciones del Comité Electoral se interpondrá ante el mismo Comité Electoral, organismo que inmediato lo elevará a la Municipalidad Distrital de Los Olivosa, para que resuelva en ultima instancia.

TITULO VI

DEL RETIRO Y VACANCIA

Artículo 41º.- El cargo de miembro del Consejo Directivo Vecinal Zonal será declarado vacante, en los casos siguientes:

a.- Por renuncia voluntaria.

b.- Por fallecimiento

c.- Por cambio domiciliario fuera de los límites de su Junta Vecinal Zonal.

d.- Por ejercer proselitismo político, antes, durante y después de las actividades de las juntas vecinales zonales, haciendo uso indebido del cargo en su calidad de miembro del Consejo Directivo Vecinal.

e.- Por no cumplir con los deberes y funciones del cargo, establecidos en el reglamento y normas legales vigentes.

f.- Por inasistencia injustificada a tres sesiones ordinarias consecutivas o alternas de Consejo Directivo Vecinal.

g.- Por motivo de salud que lo inhabilite para ejercer normalmente sus funciones.

h.- Por tener sentencia judicial emitida en última instancia por delito doloso u otro.

Artículo 42º.- La vacancia procederá automáticamente en los casos de renuncia voluntaria, fallecimiento, cambio domiciliario fuera de los límites de su Junta Vecinal Zonal, por motivo de salud, que lo inhabilite para ejercer normalmente sus funciones, por inasistencia injustificada a tres sesiones ordinarias consecutivas de consejo Directivo Vecinal y por tener sentencia judicial emitida en última instancia por delito doloso u otros.

Artículo 43º.-Para los casos enunciados en el artículo 42, el Consejo Directivo Vecinal tomará el acuerdo correspondiente y solicitará oficialmente al Alcalde de la Municipalidad Distrital de Los Olivos, quien emitirá la Resolución de Alcaldía respectiva declarando la vacancia. Posteriormente el Consejo Directivo Vecinal propondrá una terna (tres personas) a la Asamblea General Vecinal para ser elegido, eligiéndose el vecino que cubrirá la vacante, formalizándolo mediante acuerdo de Concejo Municipal y ser juramentado por el Alcalde Municipal.

Artículo 44º.- En los casos de; no cumplir con los deberes y funciones del cargo establecidos en el reglamento y por ejercer proselitismo político, antes, durante y después de las actividades de las juntas vecinales zonales, haciendo uso indebido del cargo en su calidad de miembro del Consejo Directivo Vecinal; el respectivo Consejo Vecinal Zonal evaluará los casos mediante una investigación previa, Luego tomará el acuerdo correspondiente pudiendo efectuar una amonestación verbal. En caso de reincidencia una amonestación escrita y si sigue en reincidencia tomará el acuerdo correspondiente solicitando la vacancia al Sr. Alcalde Distrital y continuando el procedimiento descrito en el artículo 43 del presente reglamento.

TITULO VII

LA JUNTA VECINAL DISTRITAL

Artículo 45°.- La Junta Vecinal Distrital, esta integrado por los alcaldes de las juntas vecinales zonales con la finalidad y objetivo de apoyar, planificar, proponer, promover, concertar, coordinar, ejecutar, vigilar y supervisar los asuntos del Municipio (población, territorio, institución municipal, instituciones públicas y privadas) relacionados con la prestación de los servicios, para lograr el desarrollo, bienestar y mejorar la calidad de vida de la comunidad en general del Distrito de Los Olivos.

Artículo 46°.- DE LAS SESIONES DE LA JUNTA VECINAL DISTRITAL: es la reunión de todos los alcaldes de las Juntas Vecinales Zonales del distrito. Se realiza en forma ordinaria cuatro (4) veces al año. En forma extraordinaria se reunirán cuando sea convocado por el primer regidor del concejo municipal del distrito o por un número no menor de veinticinco porcinito (25%) del total de los alcaldes de las juntas vecinales zonales. En ambos casos la sesión será presidida por el primer regidor o el regidor a quien se le designe tal función, su desarrollo acuerdos y otros puntas serán llevados en un Libro de Actas por el Jefe de la Oficina de Participación Ciudadana. El alcalde podrá asistir a las sesiones, en cuyo caso la presidirá.

Artículo 47°.- DE LA ASISTENCIA Y QUÓRUM: La asistencia a la sesión de la Junta Vecinal Distrital es obligatoria par los que la componen. Los regidores de las juntas vecinales zonales y vecinos podrán asistir libremente y tendrán derecho a voz pero no a voto. El quórum de instalación en ambas sesiones se realizará con la asistencia del cincuenta por siento más uno de sus miembros con voz y voto.

Artículo 48°.- En caso de suscitarse dos inasistencias consecutivas o tres no consecutivas a las sesiones convocadas, el cincuenta más uno de los miembros de la junta vecinal distrital, podrán solicitar la sanción del miembro ante la Oficina de Participación Ciudadana que se constituye como primera instancia administrativa. Las sanciones serán de acuerdo al reglamento interno de las Junta Vecinal Distrital.  

TÍTULO VIII

DE LA CONTRALORÍA SOCIAL VECINAL DISTRITAL

CAPÍTULO I

DEFINICIÓN, OBJETIVO, FUNCION Y COMPOSICIÓN:

Artículo 49°.- DEFINICIÓN:

La Contraloría Social es la participación organizada de la sociedad en el control, la vigilancia y valuación de los programas, obras y acciones ejecutados con recursos públicos. La Contraloría Social constituye el esquema de prevención y transparencia al alcance de la ciudadanía, para exigir cuentas de la actividad pública sobre el manejo de los recursos y de la actuación de los servidores públicos. La Contraloría Social es un mecanismo que establece una nueva relación corresponsable entre la Ciudadanía y el Gobierno del Estado.

La Contraloría Social es la participación organizada de la sociedad en el control, vigilancia y evaluación que realizan las personas, de manera organizada o independiente, en un modelo de derechos y compromisos ciudadanos, con el propósito de contribuir a que la gestión gubernamental y el manejo de los recursos públicos se realicen en términos de transparencia, eficacia, legalidad y honradez, así como para exigir la rendición de cuentas a sus gobernantes.

 

Constituye una nueva forma de control administrativo ejercido por los ciudadanos sobre la actuación de quienes tienen la responsabilidad del que hacer gubernamental. Se trata pues de una forma avanzada de participación ciudadana en las tareas de vigilancia y fiscalización de los recursos públicos y en la evaluación del desempeño de los funcionarios y empleados al servicio del Estado.

Artículo 50°.- OBJETIVO:

La contraloría social tiene el objetivo de lograr que gobierno y ciudadanía trabajen de forma corresponsable en la vigilancia y evaluación de la gestión pública, como mecanismo idóneo de control preventivo. Esta vigilancia resulta particularmente relevante en la aplicación de recursos y operación de programas de desarrollo social, para garantizar que sus beneficios lleguen íntegramente a la población objetivo y evitar su utilización en favor de intereses ajenos al beneficio común.

Artículo 51°.- FUNCIONES Y DERECHOS:

1.- Cumplen la función de velar por los intereses y recursos públicos de la comunidad.

2.- Asistir a las sesiones del Consejo Municipal Distrital y tener voz.

3.- Solicitar la revocatoria de autoridades municipales, rendición de cuentas y cabildo abierto.

4.- Solicitar información al Gobierno Municipal, Concejo de Coordinación Local Distrital, Comité de Vigilancia y Control del Presupuesto Participativo, Comudena, Consejo Educativo Municipal. CODISEC, etc.

5.- Fiscalizar los programas sociales municipales e instituciones públicas.

6.- Coordinar y formular denuncias por escrito sobre infracciones individuales y colectivas, ante el Concejo Municipal, Defensoría del Pueblo, Ministerio Público, Contraloría General de la República, Congreso de la República y otros entes pertinentes.

 Artículo 52°.- DE SU COMPOSICIÓN: Está compuesta por los alcaldes vecinales zonales del Distrito de Los Olivos, quienes elegidos democráticamente representan al total de los pobladores organizados y no organizados de la jurisdicción del Distrito de los Olivos. La preside uno de ellos elegido por la mitad más uno del total de sus miembros como mínimo, del mismo modo serán elegidos de entre sus miembros un vicepresidente, un secretario de actas y otros cargos y comisiones que consideren conveniente de acuerdo a las necesidades.

 Artículo 53°.- SESIONES: la Contraloría Social Vecinal Distrital se reunirán, en forma ordinaria, cuatro veces al año y la convoca el presidente. Podrá ser convocada en forma extraordinaria por el presidente o por no menos del treinta (30%) porciento de sus miembros, también puede ser convocada por el veinticinco (25%) porciento de los delegados vecinales zonales y vecinos de la zona registrados y empadronados. Se convocarán en ambos casos con una anticipación no menos de cinco (5) días antes del día de la Sesión. Los acuerdos y otros temas tratados en las sesiones serán registrados en un Libro de Actas debidamente fedateado.

 Artículo 54°.- QUÓRUM: el quórum para las sesiones, será la asistencia mínima de la mitad más uno de sus miembros con una tolerancia de treinta minutos después de la ora fijada para tal sesión.

 DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES

 Primera.- Por excepción, el periodo de vigencia del Comité Directivo de las Juntas Vecinales electas en el Proceso Electoral del presente año, será a partir de su juramentación en el año 2010 hasta el 31 de Diciembre del 2011, Luego el Periodo de Gestión será de dos (02) años calendario.

 Segunda.- Mediante Decreto de Alcaldía se dictarán las normas reglamentarias y/o complementarias para la adecuada ejecución de lo dispuesto en la presente Ordenanza.

Tercera.- Son aplicables supletoriamente para el proceso de elección de los representantes de las Juntas Vecinales Comunales, en lo no previsto en la presente Ordenanza, la Ley Orgánica de Elecciones Nº 26859, la Ley de Elecciones Municipales Nº 26864, las normas del Jurado Nacional de Elecciones y de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, en lo que fuera aplicable al proceso eleccionario.

Cuarta.- Para todos los aspectos no previstos en el presente Reglamento y según corresponda, rigen de manera suplementaria las siguientes normas:

– Constitución Política del Perú.

– Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972.

– Ley de Procedimientos Administrativos Generales, Ley N° 27444.

– Ley de Transparencia y acceso a la Información Pública del Estado, Ley N° 27927.

– Ley Marco del Presupuesto Participativo, Ley N° 28056.

– Testo Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad de Los Olivos.

Cuarta.- Encargar a la Gerencia Municipal, Oficina de Participación Ciudadana el cumplimiento de la presente Ordenanza, así como su difusión a la Secretaría General y/o Imagen Institucional de la Municipalidad Distrital de Los Olivos.

Quinta.- Derogar todas las disposiciones municipales que se opongan a la presente ordenanza o limiten su cumplimiento.

Sexta.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación

Autor del proyecto: Percy Ulises Silva Vásquez (Perusva).

Autodidacta y especialista en: Administración del Desarrollo y Recurso Humano.

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municipiolosolivos@yahoo.com

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Consejos y Comités

La importancia de los Consejos y Comités en la construcción del Sistema Democrático Participativo

DESARROLLO Y BIENESTAR DEL MUNICIPIO LOS OLIVOS.


Me dirijo, primordialmente, a los líderes hombres y mujeres del Gobierno nacional, Gobierno Regional, Gobierno Local Provincial y Distrital, a los y las líderes dirigentes de la sociedad civil organizada, a los líderes de las instituciones públicas y privadas, a los líderes empresariales, al líder de familia que es la institución fundamental de la sociedad humana. Sobre todo, me dirijo a las demás personas de la sociedad que vive en un territorio determinado para exponer lo siguiente: Es honorable en ser elegidos y llamados en un sistema democrático a desempeñar responsabilidades en uno de los muchos consejos, comités y otros órganos de gobierno civil, privado y público. También incluyo a quienes, como adultos responsables tanto hombres como mujeres, que presiden sus consejos familiares de acuerdo como esté conformado su hogar.


Es mi sincero deseo que aquellos que lean estos párrafos les ayuden a entender más cabalmente lo que es un consejo, un comité. La importancia de ellos en un sistema democrático para la construcción de una sociedad humana y como deben funcionar, como los integrantes de los consejos y comités pueden magnificar su contribución a través de ellos en el proceso de lograr: el desarrollo, bienestar y mejora de la calidad de vida de las personas, familias y de las sociedades comunales, distritales y provinciales, regionales, departamentales, nacionales, internacionales, como también de las organizaciones e institucionales públicas y privadas.


Hace barios años que he tenido la oportunidad de participar y presenciar como se llevan a cabo las reuniones de consejos y comités en todo nivel. Es preocupante como al no conocer el espíritu, la influencia, el poder y la importancia de un consejo o comité por sus integrantes, no se siga el sistema democrático participativo.


En una oportunidad al conversar con una líder o mejor dicho integrante de un consejo directivo de una organización civil, le pregunte cómo se sentía en cuanto a su responsabilidad como dirigente. Claro que me acerque a ella al verla atareada en preparar y repartir el refrigerio para los miembros del consejo directivo, en el que estaba yo como invitado. La respuesta de ella me puso a pensar seriamente. “Señor Percy, ¿llegarán a entender algún día que las mujeres que somos miembros del consejo directivo de una organización, somos importantes como los hombres?, no solo nosotras estamos para servir los refrigerios sino que nuestras contribuciones y opiniones son importantes, otros solo se sientan y no hablan. Me sorprendió su respuesta y comentario y la evidente fustración que lo motivaba, conversamos y ella me dijo: “ hay veces que no tengo voz ni voto en la reunión (en el consejo),” continuo diciendo. “Estoy aquí para servir refrigerios y no para contribuir con opiniones en los asuntos que se tratan para servir y mejorar el bienestar de los socios de la organización, nunca me piden mi opinión, y cuando deciden como dirigentes, jamas me reconocen como una líder capaz de hacer una contribución al desarrollo social y emocional de los miembros de la comunidad. Se me da asignaciones y yo hago lo que me piden, pero siento que no se me pide que opine, si lo hago me callan, y me pregunto: ¿Es así como debe ser una reunión?” (como debe funcionar un consejo).


Des pues de meditar en esa conversación por varios días me pregunte: ¿Cómo es posible que suceda esto?, ¿se supone que vivimos en una sociedad libre y democrática?. Aseguro que esto no esta dentro de la libertad, la democracia y de las leyes de la naturaleza humana y de Dios, sea cual fuera nuestras creencia e ideología. Hoy en el siglo XXI, en la mejor época, donde cada vez los adelantos de la tecnología e internet son incalculables e imparables las personas no se sientes desarrolladas. Muy aparte de ello, toda ser humano tiene derechos y deberes, un poder divino en potencia para desarrollar y usar su capacidad humana y lograr su bienestar, personal, familiar, social, emocional, etc. No podemos como “líderes” de la sociedad, dejar de lado la libertad y la construcción de la democracia.


La creación de un sistema democrático por medio de consejos, comités y comisiones como órganos de gobierno tanto político público, político civil, político privado y otros que tienen como finalidad emplear la visión, conocimiento, experiencia y talentos de todos cuantos son elegidos y llamados en importantes responsabilidades de liderazgo en los gobiernos públicos y las organizaciones sociales. Me pregunto: ¿Cuántos de los líderes públicos, de las organizaciones civiles y trabajadores del estado y del sector privado se sentirán que no se les tiene en cuenta en los diferentes sectores que trabajan y sirven? ¿Cuán bien entendemos el sistema de gobernar democráticamente por medio de consejos, comités y comisiones? ¿Lográremos aprender el poder, la vitalidad, en empuje y la influencia que dicho sistema puede aportar a cumplir responsabilidades como: las de gestión municipal, regional, nacional, como las de gestión institucional civil y privada, con el fin supremo de mejorar en nuestra época el bienestar tanto social, educativo, cultural, económico, salud, el ámbito urbano y ambiental, es decir, el bienestar del ser humano en sí, familias, centros poblados, comunidades y los municipios?


Nuestro servicio en las diferentes responsabilidades será mas eficaz, eficiente, honorable, justo, transparente y concertador si aprendemos a integrar, mediante el sistema democrático participativo todas las cualidades y potencial de los líderes integrantes de los consejos, comités y comisiones de todo los sectores públicos, civiles y privados.


Sin excepción, algunos “líderes” toman la iniciativa en la diferentes situaciones y dicen: “Éste es el problema, esto es lo que pienso y planteo para solucionarlo”, después hace asignaciones a los diferentes miembros de la organización. Supongo que es un buen “líder” en el arte de delegar, pero no alcanza a entender el principio de la libertad o albedrío y el sistema democrático participativo, no emplea la experiencia, instrucción, inteligencia y sabiduría de los miembros del consejo y la población para solucionas los problemas. Un líder, pide algunas ideas y recomendaciones a los miembros del órgano de gobierno, los escucha, respeta y valora fueren contrarios o no a su propuestas, después se tomará una decisión democrática. “Un líder con voluntad de servicio humano, pone en primes lugar los intereses de la población en general por encina de sus deseos personales, partidarios y de grupo. Tiene la visión que, al lograr el bienestar de sus semejantes, logrará el desarrollo y bienestar de su propia persona y entorno”. Con esto trato de enseñar el concepto que, aun cuando el hombre y la mujer tienen diferentes responsabilidades, ambos incorporan a su servicio en la sociedad antecedentes, talentos, conocimiento, experiencia y puntos de vista de diversa índole. No es ningún secreto que el hombre y la mujer tienden a ver las cosas desde sus respectivos puntos de referencia, los cuales son igualmente válidos e igualmente útiles y necesarios en la función que cumples los consejos y comités de las organizaciones civiles, gobiernos públicos locales, regionales y nacionales.


No es extraño que cuando el que dirige los diferentes órganos de gobierno, democráticamente invita a los miembros del consejo o comité a aportar ideas durante la sesión de consejo, esto es como abrir las compuertas de una represa y de pronto, una impresionante corriente de participación inspiradora empiece a fluir entre los miembros del consejo al debatir, planeas, corregir, solucionar y aprobar una agenda que se verá reflejada los resultados en el desarrollo humano de la persona, familia y sociedad.


En el sistema democrático participativo de los comités y consejos, si se les entiende debidamente, si se les forma y se conduce con cuidado, ese sistema hará eficaz, eficiente, liviana la responsabilidad de cada líder y extenderá el alcance de sus deberes, combinando el sentido común, el conocimiento, cualidades, prudencia de muchos líderes que tienen el derecho usar su potencial humano y guía espiritual. El sistema de comités y consejos también actúa de salvaguarda de la sociedad, ofreciendo respaldo y fuerza en aquellos aspectos en los que un líder, por si solo, no es suficiente en el desarrollo de una organización, municipio y de la sociedad.

Muchas y maravillosas son las experiencias que se tienen al deliberar y buscar soluciones en forma conjunta, muchas veces por largas horas, formulando planes, programas y normas que sirvan para beneficiar y fortalecer por igual a todos, en estos tiempos tan difíciles y desafiantes. Aun cuando nuestro servicio responsable es una oportunidad extraordinaria, no reparo en afirmar que nuestra tarea no resulta siempre tal fácil como podría parecer. Con la gran diversidad de opiniones, de educación, de cultura y de idiosincrasias que existen en la actualidad en la sociedad, todos los planes elaborados a vivel general tienen que ser tan amplios como estrechos, lo suficientemente amplios para satisfacer las distintas necesidades de miembros de la sociedad integrados en diversos territorios con sus autoridades civiles y estatales, y ser lo suficientemente estrechos para alcanzar los beneficios a cada unos en forma individual. Con tal fin, es que los líderes tenemos que cambiar en la forma actuar en nuestro carácter, personalidad y acciones, por ello veremos, la construcción de un sistema democrático participativo en donde, la fortaleza de los comités y consejos logrará el desarrollo de la sociedad.


Éste sistema, debe invitar a un intercambio libre y abierto y a una comunicación clara y fluida. Nuestro objetivo mutuo debe ser siempre claramente entendido. Todo cuanto coordinamos, todo cuanto planteamos, todo cuanto proyectamos, todo cuanto hacemos y evaluamos debe tener tener como finalidad ayudar en mejorar mas necesidades de la persona, familias y comunidad. Los comités y consejos son de apoyo a los miembros de la sociedad en general en todos sus niveles, en especial de acuerdo a la realidad de la sociedad peruana emergente, dan apoyo a la familia: donde la educación empieza desde ella hacia la sociedad, y la instrucción académica se brinda en las intituciones tanto pública como privada.


Por lo tanto nuestras reuniones de consejo tienen que ver con responsabilidades y deberes y no solo con jurisdicciones e infraestructura física. Tenemos la oportunidad de unirnos en un espíritu de cooperación fraternal y con democracia participativa con la finalidad de ayudar a nuestros líderes políticos civiles y líderes políticos públicos, por ende a la gran familia humana guiada y protegida por Dios, de esta forma, ejecutaremos la construcción de una sociedad democrática, social, donde hay igualdad, justicia, valores, organizaciones e instituciones fortalecida, tranquilidad y bienestar en todo sentido en las familias, hay gozo y prosperidad en la sociedad. Un líder estadista y político no pierde la visión de la sociedad que todo ser humano desea, esta siempre trabajando para lograrlo conjuntamente con los que creen que son enemigos. La vida es la universidad humana, como las experiencias en las diferentes responsabilidades, que tenemos en la sociedad son: el doctorado para lograr esta sociedad anhelada, una democracia y gobierno que dignifique y haga progresar al ser humano por si mismo en lograr su bienestar, autosuficiencia e interdependencia. Todo ello es el resultado de los comités y consejos democráticos y los líderes que buscan un sistema mas perfecto y a la capacidad del ser humano de entender y aplicar.


Nunca ha habido un momento en la historia de la humanidad, como ésta época en la que vivimos en que fueran tan necesarios estos esfuerzos conjuntos entre los líderes de las familias y la sociedad hombres y mujeres, para trabajar por medio ce comités y consejos. Vivimos días peligrosos en donde existen la corrupción en todos nivel, desde individual hasta nacional e internacional, existen peligros diversos que están destruyendo a la familia que es el cimiento de una sociedad humana, y esos dos problemas requieren absoluta vigilancia de partes de aquellos líderes a quienes se ha confiado responsabilidades de velas por el bienestar de la sociedad humana. Nuestras responsabilidades son enormes, pero igualmente importantes son son las responsabilidades que compartimos con los demás en el hogar y en la comunidad pública y civil, enormes de aunar nuestros esfuerzos para ser un apoyo en la vida los miembros nuestras familias y de toda la poblacion de un mucicipio y la sociedad.


Con este sistema el ser humano con la ayuda de Dios o la convicción ideológica en la que sed tenga, ante situaciones y responsabilidades importantes, las personas toman decisiones en forna individual o solo que beneficie a un grupo determinado. Durante la existencia del hombre y la mujer en todas las épocas de la historia, la reunión de comités y consejos de acuerdo a las circunstancias, se tomaron las mejores decisiones para el bienestar sociedad de entonces, somos el resultado de ellas. Muchos dudarán de ello, pero no olviden que el ser humano tiene, la capacidad de tomar sus decisiones y la mayoría de estas decisiones por parte de los “líderes” se ven reflejadas en la actual sociedad local, nacional y mundial.


El cambio de la humanidad y la civilización, se a llevado y llevará a cabo las decisiones y acciones de individuos y fuerzas comunes pocas en número. Con este ciclo y sistema expuesto, no dudo y vivo en una sociedad con un desarrollo y bienestar humano en la sociedad del 2030. trabajemos por las generaciones del 2030 y las que despues vendran a gozar de progreso, tranquilidad y felicidad.


Silva Vásquez, Percy Ulises.

municipiolosolivos@yahoo.com

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El Municipio de los Olivos en el 2030

El Municipio de Los Olivos: es la población, su territorio y un Gobierno Local. Con una administración municipal que cuida de los intereses de la comunidad.
Somos un municipio libre, democrático, participativo, emprendedor, progresista, organizado, ecológico, con un bienestar social justo y equitativo, que nos gobernamos por leyes y normas, cuyos vecinos disfrutan de los derechos de libertad y felicidad que son inherentes al ser humanos.
Somos un municipio social con una población civilizada, con valores, donde la educación, la economía y la cultura crecen al ritmo del desarrollo urbanístico, ambiental, tecnológico e informático y con un transporte urbano eficaz y eficiente.
Somos un conjunto de habitantes de un mismo territorio jurisdiccional, que convivimos con los demás municipios de la Provincia de Lima Norte, que tememos una sola visión en seguir mejorando el bienestar y la calidad de vida, de los habitantes de la sociedad de la Región Metropolitana de Lima, y de la sociedad en general del Perú.
Somos líderes responsables, con vocación de servicio y siempre con la visión de seguir trabajar por el progreso del ser humano. Cumplida la misión y los objetivos, somos hombres y mujeres: líderes estrategas, estadistas, rectos y organizados con familias felices.

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